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DERECHOS POLÍTICOS PLENOS PARA LOS DOCENTES REGULARIZADOS POR ART 73

Martes 13 de abril de 2021

Hace unos días circula una noticia sobre la posible vulneración de los derechos políticos de las y los docentes regularizados a través del Art. 73, el proceso de efectivización de esos cargos se llevó adelante por un mecanismo automático entendiendo que hacía años que esos cargos deberían haber dejado de ser interinos y las autoridades de la UNSJ los había prorrogado.

 

Desde ADICUS queremos aclarar, en primer lugar, que la Aplicación del Art. 73 de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo, es una aplicación excepcional para casos en los que se ha incumplido con el Estatuto Universitario y la Ley de Educación Superior sobre los cargos interinos. Y lo que hace este artículo es resarcir al Docente damnificado con la posibilidad de tener un cargo regular.

 

Esta discusión, acerca del alcance de los derechos políticos para los cargos regularizados según este artículo del CCT, se planteó por nuestro Gremio y Federación Nacional en la Comisión de Seguimiento e Interpretación de nuestro Convenio. De hecho, en un acta de dicha comisión del día 04/07/2019, se trató este tema en una reunión realizada en la sede del CIN, en la cual estuvo presente nuestro Sec. Gral. de CONADUH.

 

El acta que publicamos a continuación, con la resolución de la Comisión de Seguimiento e Interpretación, dice claramente “…esta Comisión aclara que, a partir de la Incorporación a la Carrera Docente por aplicación del Art. 73 del CCT, el docente ADQUIERE LA TOTALIDAD DE LOS DERECHOS POLÍTICOS”.

 

Es por esta resolución que nuestra posición está clara desde hace casi dos años: Todas y todos los docentes regularizados a través del Art. 73, aprobado por la Paritaria Local Docente de la UNSJ, deben gozar de la totalidad de los derechos políticos, es decir que son ciudadanos universitarios plenos, pueden votar y ser candidatos a los cargos de la UNSJ.

Negamos cualquier intento de instalar que existan docentes de primera y docentes de segunda, todos los docentes con cargos regulares deben gozar de su ciudadanía y de los derechos que eso conlleva.