Crónicas Gremiales

El Artículo 73 (CCT) y la Precariedad Laboral Universitaria: el proceso de regularización de docentes de la UNSJ

 

Jaime Barcelona y Victor Hugo Montaño

Asociación de Docentes, Investigadores y Creadores

de la Universidad Nacional de San Juan

La Revista de Divulgación Científica de ADICUS

Quizás una de las deudas políticas que la Universidad argentina tiene con sus trabajadores docentes es la falta de reconocimiento pleno de los derechos laborales de los y las docentes, constituyendo un gran universo de precarizados laboralmente en más de 50 casas de altos estudios. Lamentablemente, a más de 5 años de haber conquistado el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), es mínimo el porcentaje de docentes encuadrados en la regularización de los cargos. De 140.000 docentes que trabajan en la Universidad Pública, solo un 35% ha logrado encuadrarse en las garantías logradas después de 30 años de lucha. El lento proceso transitado en las Universidades obedece, quizás, a estos factores:

 

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"Contribuciones Científicas Preuniversitarias y Universitarias" es una revista de divulgación científica propiedad de la Asociación de Docentes, Investigadores y Creadores de la Universidad Nacional de San Juan (ADICUS). 

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a- Como expresan varios estatutos, numerosos/as docentes universitarios, para estar vinculados a la Universidad, son sometidos a una relación laboral precaria y asimétrica. Pese a los avances que representa el CCT, paradójicamente muchos docentes deben validar en forma recurrente, certificando títulos académicos, competencias y prácticas, para continuar cumpliendo funciones como subocupados/as (cargos con dedicación simple o semiexclusiva) o, peor aún, trabajadores/as cuya prestación es realizada a título gratuito (cargos o adscripciones ad honorem). 


b- Pese a la movilización de las organizaciones de base, para lograr la substanciación del proceso, la pandemia condiciona el efectivo cumplimiento del CCT. El COVID 19 obliga a la virtualización forzosa de la regularización de cargos. Estas circunstancias ralentizan las etapas. También dificulta que se avalen firme y plenamente las garantías del docente mediante la efectivización del debido proceso. Por otra parte, la lucha política por visibilizar la problemática

se ha percibido como un tanto obstaculizada, debido a los requerimientos del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, al Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio y a la emergencia de situaciones sanitarias diversas. La dificultad de desplegar una movilización social en las diferentes provincias, condiciona la posibilidad de una inserción real en los medios de comunicación y especialmente, en la Agenda universitaria. Sin los condicionamientos derivados de la pandemia ya aludida, la puesta en relieve del problema que aqueja a muchos colegas devendría en un reclamo más efectivo en términos de presión hacia la patronal.


c- La gran burocracia universitaria que transforma la implementación del artículo 73 en un proceso demasiado lento, en pos de mantener un status quo que puede poner en jaque la democratización masiva del estamento docente en la Universidad. 

 

Se puede asegurar que la plena vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo de Docentes de Universidades Nacionales, por su espíritu, significa un momento fundacional. Una piedra basal para la construcción de una Nueva Universidad más democrática. Una Nueva Academia acorde con las nuevas tendencias en cuanto a las conceptualizaciones científicas y a las prácticas educativas. Todos insumos valiosos para la construcción de una formación democratizante, de calidad, inclusiva y con perspectiva social y equidad. El verdadero significado político de la plena vigencia del CCT, de la aplicación del Art. 73 tiene que ver con la democratización de la Universidad. La posibilidad de regularizar el cargo docente implica el poder participar efectivamente en los procesos electorales. De esta forma, se impone la comprensión del/ de la docente como sujeto político pleno que asegura el co-gobierno universitario, principio conquistado hace más de 100 años en la Reforma Universitaria lograda en Argentina. Otra implicancia relevante lo configura el acceso a la estabilidad laboral. Esto permite romper con viejas prácticas

prácticas, en tanto y en cuanto para el ingreso y permanencia en el puesto de trabajo, los y las docentes no dependen de las voluntades políticas de turno. Todo ello en estrecha relación con la carrera docente. 

 

En la Universidad Nacional de San Juan, se han dado pasos importantes en pos de la aplicación del artículo 73, a pesar de múltiples resistencias que son una muestra más de la negación de ciertos sectores a la efectiva vigencia y aplicación del CCT. Pese a la firma del acta paritaria 64 (15/03/2019) y las sucesivas actas regulatorias del proceso de ejecución del artículo 73, solo un puñado minoritario de trabajadores (Rectorado, Palomar y ECUS) logran regularizar su situación. La plena aplicación del Artículo 73 del CCT en la UNSJ significa democratización, seguridad jurídica y estabilidad laboral. Sin embargo, es importante señalar que más de 1200 docentes quedan a la espera de la regularización y de la real puesta en juego –no meramente discursiva- del derecho a elegir y ser elegidos. Las explicaciones son políticas, no es solo falta de empatía. Las autoridades saben, que de concretarse la implementación efectiva del artículo 73, se abre el abanico a la posibilidad de presentación de muchos votantes y candidatos para las elecciones de los distintos cargos electivos en la UNSJ. Hay facultades donde la mayoría de los casos inscriptos ya han sido analizados en los consejos asesores correspondientes. Lamentablemente, los coloquios no se concretan, más allá de haber transcurrido casi tres años desde la firma del Acta Paritaria N° 64. Las excusas pueden ser múltiples y las trabas variadas. Pero los trabajadores están avanzando con una convicción. Un convencimiento total y absoluto sobre la imposibilidad total que la vieja Universidad detenga la Universidad del futuro, que se está gestando desde abajo, al calor de la defensa y la implementación del CCT.