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Artículos Científicos

Un análisis sobre el dispositivo de evaluación 'Reválida Docente' en los Institutos de Formación Docente Continua de la provincia de San Luis

AN INSIGHT INTO THE TEACHER EVALUATION SYSTEM OF THE TEACHER TRAINING INSTITUTES IN SAN LUIS

María Pía Castro Ruiz
Instituto de Formación Docente Continua

Villa Mercedes (San Luis)

La Revista de Divulgación Científica de ADICUS

INTRODUCCIÓN

 

El objetivo del presente artículo es presentar un análisis del dispositivo de evaluación reválida docente que funciona en los Institutos de Formación Docente Continua de la provincia de San Luis. A tales fines, apelamos al abordaje de la normativa provincial y al discurso oficial respecto de aquel dispositivo. También acudimos a los aportes de diversos autores en torno a la educación y a las relaciones y mecanismos de poder que operan al interior del ámbito educativo. Más allá de que la reválida docente es oficialmente presentada como un simple mecanismo de evaluación de las funciones de los profesionales de la educación, sostenemos que se erige en un claro dispositivo de control, disciplinamiento y normalización de la tarea docente, generando que los trabajadores de la educación sometidos a ella actúen de acuerdo a lo que aquel mecanismo requiere y prescribe, bajo la amenaza latente de perder su puesto de trabajo en caso de no aprobar aquella instancia. Finalmente, planteamos la importancia que reviste la organización política del colectivo docente de los IFDC de San Luis, en aras de transformar el dispositivo aquí abordado, dando lugar a un nuevo mecanismo evaluativo democrático y respetuoso los derechos de los trabajadores de la educación.  
 

ABSTRACT

 

The aim of this article is to provide an insight into the teacher evaluation system carried out in the Teacher Training Institutes of the province of San Luis. For this, we analyze the provincial regulations and the official discourse regarding that system. We also take into consideration the contributions of several authors as regards to the relationships and power mechanisms that operate within the educational field. Despite the fact that the teacher evaluation system is officially presented as a simple procedure to assess the performance of education professionals, we claim that it is a normalizing, disciplinary and controlling mechanism of the teaching task. This makes education workers subject to the requirements and regulations of this system act under the latent threat of losing their job if that evaluation procedure is not passed. Finally, we highlight the importance of politically organizing the teaching community of the Teacher Training Institutes of San Luis, in order to transform this mechanism and to give rise to a new democratic evaluation system that respects the rights of education workers.
 

PALABRAS CLAVES: Reválida Docente- Educación- Evaluación- Disciplina- Normalización
 

KEY WORDS: Teacher evaluation system- Education- Evaluation- Discipline- Normalization

 

INTRODUCCIÓN

 

Los Institutos de Formación Docente de la ciudad de Villa Mercedes y de la ciudad de San Luis, nacen en el año 1999 por iniciativa del gobierno provincial con el objeto de ofrecer a la comunidad sanluiseña una educación superior pública y de calidad a través de la oferta de diversos profesorados. Sin embargo, al interior de aquellas instituciones los docentes debemos dar cuenta del cumplimiento de nuestras funciones a partir de la existencia de un dispositivo de evaluación denominado reválida docente. Como veremos, este último en lugar de garantizar la estabilidad laboral de los trabajadores de la educación y favorecer la calidad educativa, se asemeja más a un mecanismo de control, disciplinamiento y normalización que menoscaba los derechos del colectivo docente y se orienta como una estrategia de control que erosiona la calidad educativa. En los párrafos que siguen realizaremos un análisis del dispositivo reválida docente y de los modos a partir de los cuales este mecanismo de poder opera al interior de la comunidad educativa de los Institutos de Formación Docente Continua de nuestra provincia.

 

MARCO TEÓRICO
 

La metodología utilizada para el estudio del problema fue cualitativa y la técnica de investigación usada fue la revisión documental. Nos abocamos a la lectura de la normativa provincial (decretos y reglamentaciones), así como también al análisis del discurso oficial en torno a la reválida docente. Acudimos a la lectura de artículos periodísticos de medios de comunicación provinciales que trataron la temática en los últimos seis años. Por otro lado, al haber transitado personalmente tres instancias del mecanismo de evaluación analizado, incorporamos algunos elementos subjetivos ligados a aquella experiencia. Se tomaron aportes teóricos y conceptuales de diferentes intelectuales en torno a temáticas y problemáticas vinculadas a la educación, a los dispositivos de evaluación implementados en el ámbito educativo y a las relaciones de poder que operan al interior de las instituciones educativas y las trascienden, produciendo ciertos efectos de poder tanto dentro de aquellas instituciones como también fuera de ellas. 
 

Resultados

 

Reválida Docente: ¿mecanismo de evaluación o dispositivo normalizador?
 

Los trabajadores docentes de los Institutos de Formación Docente (en adelante IFDC) de la provincia de San Luis ingresamos a nuestros puestos de trabajo a través de un sistema de concurso que difiere (en su contenido y forma) si el cargo a concursar es para responsable o auxiliar de los espacios curriculares. La diferencia entre uno y otro perfil, estriba en la cantidad de horas laborales (25 horas los auxiliares y 35 horas los responsables), en las responsabilidades asignadas, en las tareas desplegadas y en el salario percibido por unos y otros.

 

Una vez que los postulantes presentamos nuestras respectivas carpetas y atravesamos la instancia de evaluación y entrevista, el tribunal evaluador procede a establecer un orden de mérito y la posterior comunicación de los resultados del concurso en cuestión. A partir de la comunicación de los resultados a los postulantes, comienzan a correr los plazos administrativos pertinentes para la realización de impugnaciones.

 

Hasta aquí el procedimiento de concurso resulta no solo adecuado sino también transparente. Sin embargo, y este es el punto central de nuestro análisis, transcurridos los dos años de producido el nombramiento del docente, la aceptación y la consecuente toma de posesión del cargo, se produce la mencionada reválida docente.

 

Una vez aceptado el cargo por parte del profesional que resultó 1° en el orden de mérito, el Poder Ejecutivo provincial, a través del Programa de Educación Superior y Capacitación Docente1 dependiente del Ministerio de Educación, emite el decreto correspondiente al nombramiento del profesional que resultó primero en el orden de mérito. Sin embargo, este decreto de nombramiento posee una fecha de vencimiento o caducidad puesto que el docente es nombrado en el cargo por el término de dos años. Pasado este lapso de tiempo y si el docente desea permanecer en el cargo y conservar su puesto de trabajo, debe superar la instancia de reválida.


De acuerdo al Ministerio de Educación, es decir, a las voces del oficialismo, las reválidas en los Institutos de Formación Docente de nuestra provincia, fueron propuestas como un modo de dar cuenta de la actualización profesional, del mismo modo que se llevan adelante en las universidades de todo el país. El gobierno de nuestra provincia visualiza y plantea a la reválida no solo como una instancia que los docentes debemos atravesar para dar cuenta de nuestro desempeño profesional, sino que además la concibe y la sostiene como parte constitutiva de ambas instituciones de Educación Superior (el IFDC- Villa Mercedes y el IFDC-San Luis) desde su nacimiento a inicios del nuevo milenio. En la retórica discursiva oficial se omite, por completo, la posible separación institucional y la pérdida de trabajo en caso de no superar aquella instancia evaluativa. Creemos que tal omisión no es para nada inocente y que encubre, de manera perversa y coercitiva, las relaciones de poder que claramente operan a partir del funcionamiento de la reválida como dispositivo disciplinario y normalizador.


Esta instancia de reválida, instancia clasificadora y examinadora, “domina no solo las representaciones y prácticas de los agentes, sino también la organización y el funcionamiento de la Institución” (Bourdieu y Passeron, 2018, p.169). En este punto, los docentes debemos presentar razones y fundamentos referentes a nuestro desempeño ante un tribunal conformado de la siguiente manera: un docente de la casa que tenga vinculación con las disciplinas de los espacios curriculares que dicta quien revalida, otro docente proveniente del IFDC hermano (San Luis o Villa Mercedes, dependiendo el  caso) y un miembro del Ministerio de Educación, por lo general, un trabajador perteneciente al Programa de Educación Superior y Capacitación Docente dependiente de dicho Ministerio. 


El desempeño a evaluar por parte del tribunal considera las siguientes dimensiones: la realización de carreras de posgrado (especializaciones, maestrías, doctorados, pos doctorados etc.), el tipo y forma de las capacitaciones realizadas (dadas y recibidas), la participación en proyectos de investigación, la participación en actividades de extensión, la participación en congresos, encuentros y/o jornadas, las responsabilidades atinentes a la cotidiana tarea docente, entre otras.


Para revalidar, el modelo de práctica pedagógica nos exige a los docentes organizar y preparar una carpeta en la que ofrezcamos razonables argumentos de nuestra actividad docente continua en el lapso de tiempo contemplado en nuestro decreto de nombramiento que, como ya hemos mencionado, estipula una duración de dos años aproximadamente. Pasado ese lapso de tiempo y antes de que el decreto de nombramiento venza o caduque, los docentes debemos volver a pasar por la instancia de reválida si pretendemos conservar nuestro puesto de trabajo. Aprobada dicha instancia, el Poder Ejecutivo emite un nuevo decreto, con un nuevo plazo de nombramiento que, por lo general, oscila los tres años. Luego de transcurridos esos tres años, debemos revalidar nuevamente y así sucesivamente, a medida que van sucediendo las instancias de reválida el plazo de nombramiento estipulado en el decreto se va extendiendo en el tiempo. Sin embargo, una vez que se llega a la quinta reválida no hay normativa explícita que establezca de manera clara el plazo de nombramiento del decreto correspondiente a esta instancia. La situación anterior genera aún más incertidumbre, puesto que existen docentes que actualmente deben atravesar su quinta reválida y no tienen ningún tipo de seguridad respecto al tiempo de designación del decreto que, eventualmente, vuelva a designarlos en su cargo. 
 

Para el armado y organización de la mencionada carpeta de reválida existe un Decreto (N° 2345 -ME- 2011) que sirve como modelo y que ofrece ciertos pasos y orden en la organización de la información a presentar, facilitando así esta tarea para los trabajadores de la educación de los IFDC de San Luis. Cabe destacar que la llamada Carpeta de Reválida si bien es un instrumento que facilita la labor del tribunal evaluador, no constituye un elemento de por sí suficiente que sirva para evaluar de manera integral y coherente el desempeño académico y pedagógico de los docentes. Además, en muchos casos, durante las entrevistas no se ahonda respecto a la complejidad de la tarea docente, tampoco se discuten las dificultades pedagógicas implicadas en el proceso de enseñanza-aprendizaje, ni se indaga al profesional sobre las particularidades del profesorado en el que desempeña sus funciones, etc. Es por las razones antes esgrimidas que el armado y la organización de la carpeta de reválida es una especie de obligación y formalidad que se ha establecido como práctica institucional que, en la mayoría de los casos, conlleva un gran trabajo y esfuerzo para los docentes. Si a ello le sumamos que las entrevistas no profundizan respecto a la complejidad que reviste la educación superior, es pertinente preguntarnos: ¿Cuál es el verdadero sentido de la reválida docente?, ¿Cuáles son los objetivos que el Ministerio de Educación provincial, por intermedio del Programa de Educación Superior y Capacitación Docente, persigue al implementar este dispositivo de evaluación?, ¿Se pretende a través de esta instancia una evaluación, seria y responsable, de las funciones académicas y pedagógicas?


Finalmente, el día estipulado para la entrevista, el tribunal conformado a tal efecto realiza una lectura exhaustiva de la carpeta presentada. Durante la entrevista el jurado tiene la posibilidad de indagar al profesional sobre su desempeño y, eventualmente, hacerle las recomendaciones que considere pertinentes, según lo ponderado en cada caso particular. 
Las recomendaciones del tribunal pueden ser de índole positiva (que el docente se avoque a realizar tareas de investigación, de capacitación, que mejore algún aspecto particular de su función, etc.); pero también puede darse el caso de que el tribunal completo o uno o dos de sus miembros recomiende que el profesional no reúne las condiciones exigidas para superar la instancia evaluativa. Es en este último caso, en el que resultaría más que pertinente aplicar la regla de la mayoría que caracteriza a todo proceso democrático, si dos de los miembros del tribunal consideran cumplimentada positivamente la instancia, el docente pasaría la evaluación y conservaría su puesto de trabajo. 


Pero si sucede lo contrario a lo planteado en el párrafo anterior, y en cambio dos de los jurados consideran que el trabajador no debe aprobar la instancia, resulta más que pertinente preguntarnos: ¿Cuál es el destino laboral del docente?, ¿Pierde o conserva su puesto de trabajo? En este último caso supuesto: ¿Solo se le hacen recomendaciones respecto de los aspectos que debe mejorar en el desempeño de sus funciones o corre el riesgo de perder su trabajo?...


Aquellos interrogantes podrían contrastarse y analizarse a la luz de los acontecimientos ocurridos en el IFDC de la Ciudad de San Luis durante el mes de julio del año 2014. En aquella fecha, un grupo de docentes debía revalidar sus respectivos cargos. Las entrevistas se llevaron adelante en Las Terrazas del Portezuelo, en la ciudad capitalina. El principal inconveniente estuvo dado porque dos de los docentes que debían revalidar su cargo, no obtuvieron resultados positivos. Lo que sucedió fue que un miembro integrante del tribunal (casualmente quien pertenecía al Programa de Educación Superior y Capacitación Docente, dependiente del Ministerio de Educación), firma el acta de reválida en disconformidad, es decir, recomendando que estos dos docentes no aprobaran la instancia. Más allá de que los otros dos miembros del jurado firmaron en conformidad, la entonces Jefa de Educación Superior: Dra. María José Scivetti, comunicó que ambos profesionales quedaban desafectados de sus puestos de trabajo argumentado la obtención de resultados insatisfactorios en sus respectivas entrevistas de reválida. 

 

Aquella situación dio lugar a la organización de asambleas docentes en el IFDC de San Luis y Villa Mercedes, a la toma del IFDC de San Luis por parte de docentes y estudiantes y a la difusión, en diversos medios de comunicación opositores al gobierno provincial, de manifestaciones de repudio respecto a la separación institucional de los dos profesores. Uno de los docentes de la institución, en apoyo a la situación vivida por sus compañeros, emitió una carta abierta titulada “La crónica de una muerte anunciada” en la que expresó: 
 

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Con la sensación continua de un nudo en el estómago y la inquietud típica que uno siente cuando se viene una fea tormenta. Así me sentí desde que compartí la última experiencia de reválida de nuestros cargos en el IFDC. Después de ese día, supuestamente hay dos compañeros de trabajo-de pasillo, de aula, de mates, de lucha y de vida- que tal vez ya dejen de serlo. Claro un “tal vez” complicado que me remite a la “Crónica de una muerte anunciada” de García Márquez, en aquello que es de un murmullo constante, que actúa como amenaza, una premonición, una verdad a medias de la cual nadie se quiere hacer cargo pero está ahí como penando, como promesa, esa reválida que nunca mató a nadie, hasta que lo hizo (Docente del IFDC en lucha por una educación mejor, 2014. Disponible en: http://lagacetadigital.com.ar/revalidas-en-el-ifdc-la-cronica-de-una-muerte-anunciada/). 
 

En este caso particular, no se aplicó la regla de la mayoría (dos a favor y uno en oposición), sino que arbitrariamente se decidió que ambos profesores quedaban sin trabajo. No entraremos a explicar en detalle el porqué de la situación anterior, es decir, cuáles fueron las causas (reales) por las que ambos profesionales no superaron la instancia. Hay varias voces y opiniones al respecto, las oficiales y las de los docentes; sentar postura excede los objetivos de nuestro análisis


Sin embargo, lo que se puede inferir de la situación antes descripta es que, en primer término, la reválida más allá de ser presentada como un mecanismo de evaluación continua del desempeño docente (tal como la plantea el discurso oficial) se erige, en algunos casos, como un mecanismo altamente coercitivo con un sesgo que lo asemeja más a un dispositivo de poder y dominación con características claramente autocráticas. Como consecuencia, en tanto se repitan y reproduzcan este estilo de decisiones, se tienden a generar ciertos comportamientos de convalecencia en los sujetos sometidos al dispositivo y, de esta forma, se asegura el mantenimiento y la reproducción de ciertas estructuras socio-políticas.  


En realidad, los docentes no somos tan libres de elegir como parece, puesto que, si decidimos no someternos al proceso de reválida, perdemos nuestro puesto de trabajo. Si en cambio decidimos someternos al mismo, corremos el riesgo de perder el trabajo de todas formas en caso de no aprobar la instancia. Podemos afirmar entonces que la estabilidad como empleados públicos, derecho garantizado en el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional, en este caso no se garantiza ni mucho menos se cumple. Prueba fehaciente de lo anterior es la existencia de un decreto de nombramiento con fecha de caducidad, es decir, con fecha de vencimiento. Al respecto, esa fecha de caducidad o vencimiento: ¿Refiere a una caducidad respecto de la idoneidad docente?, ¿Alude a una prescripción o extinción de la capacidad profesional de los trabajadores de la educación superior?, ¿Caducamos o nos vencemos porque ya no podemos desempeñar con responsabilidad la función social de la educación o, en el fondo, caducamos por otros motivos?...
 

Como mencionamos más arriba, el gobierno de la provincia presenta a la reválida como la forma de dar cuenta del desempeño profesional continuo tal como lo hacen las Universidades (públicas y privadas) de todo el país. Sin embargo, se omite o nada se dice respecto a la posibilidad de que el docente no pase la instancia y pierda su trabajo. Esta omisión, creemos, no es inocente y nos lleva a concebir a esta instancia evaluativa como un mecanismo claramente disciplinario, cuyo objetivo descansa en generar ciertos comportamientos en los sujetos que nos vemos obligados a someternos al mismo, bajo el angustiante riesgo de perder aquello nos da el sustento económico y material diario: el trabajo.  


En las diversas Universidades del país, la evaluación del desempeño profesional de los trabajadores de la educación, de ninguna manera pone en jaque el derecho a la estabilidad laboral o pone en juego la pérdida del empleo, como sí sucede en el caso de la reválida implementada en los IFDC de nuestra provincia. En el caso puntual de la Universidad Nacional de San Luis (UNSL), los docentes anualmente presentamos un informe de actividades que es evaluado por el área académica en las que se inscriben las tareas pedagógicas, de investigación o extensión. Luego ese informe es elevado al Consejo Departamental y, finalmente, es aprobado por el Consejo Directivo. En ningún momento se pone en juego la estabilidad del trabajador o peligra la conservación de su puesto trabajo. Se realizan observaciones o sugerencias si las hubiere, pero nunca existe la presión, altamente coercitiva y disciplinaria, que si percibimos y experimentamos los docentes en los institutos sanluiseños.


Como venimos afirmando hasta aquí, la reválida se presenta y se vive como una estrategia de poder por varios motivos. En primer lugar, el hecho concreto de tener que demostrar (a través de la presentación de una carpeta con probanzas y certificados y en una entrevista posteriormente) el trabajo realizado en el transcurso de dos, tres o cuatro años, corriendo el riesgo de que el tribunal completo o parte de él califique la labor negativamente, tiene un efecto indeleble sobre cada profesional. El sujeto es interpelado (inevitablemente) por un poder que lo disciplina, lo normaliza y, por ende, lo lleva a sentir y actuar de determinada manera, experimentando como grave y angustiante su posible separación institucional y, como consecuencia, la pérdida de su trabajo.


En segundo lugar, podríamos comparar este procedimiento con el clásico examen o evaluación implementado extensivamente por la gran mayoría de las instituciones educativas. Mucho se ha dicho y teorizado sobre las instituciones educativas y su función como reproductoras del orden social dominante. En este sentido, el sistema educativo en general se presenta como Aparato Ideológico de Estado puesto que contribuye, de manera decisiva, a “la reproducción misma de las relaciones de producción… que son, en última instancia, relaciones de explotación” (Althusser, 2011, p.31).  Lo cierto es que, en el marco de esa función reproductora, el examen-evaluación cumple un rol fundamental.

 

“El examen combina las técnicas de la jerarquía que vigila y las de la sanción que normaliza. Es una mirada normalizadora, una vigilancia que permite calificar, clasificar y castigar” (Foucault, 1976, p.215). Desde esta perspectiva, la reválida aquí analizada se erige como una mirada vigilante, continua, normalizadora y plausible de producir una sanción disciplinaria sobre aquel individuo que no cumpla con sus requerimientos y requisitos. Se trata de un examen exhaustivo de la función docente que sanciona, normaliza y disciplina, transformando al individuo en un sujeto funcional a cierto orden, orden que, a su vez, le demanda ciertos comportamientos.
 

En todos los dispositivos disciplinarios, el examen se halla altamente ritualizado. En el vienen a unirse la ceremonia del poder y la forma de la experiencia, el despliegue de la fuerza y el establecimiento de la verdad. En el corazón de los procedimientos de disciplina, manifiesta el sometimiento de aquellos que son perseguidos como objeto y la objetivación de aquellos que están sometidos (…) En esta pobre técnica se encuentran implicados todo un dominio de saber, todo un tipo de poder. (Foucault, 2011, p.215).
 

Finalmente, consideramos oportuno señalar que en el contexto social y político del mundo actual azotado por la pandemia a raíz de la propagación del COVID-19, los profesores de los IFDC de San Luis y Villa Mercedes, más allá de las particularidades que nos ha impuesto esta situación de emergencia sanitaria, hemos seguido transitando la instancia de reválida. Las respectivas entrevistas se han realizado a través de plataformas como Meet o Zoom y las carpetas de reválida han sido oportunamente presentadas en formato digital.  


Sin ánimos de extendernos en este punto, sabemos que la tarea educativa se ha visto seriamente afectada por la no presencialidad, lo que nos exige poner en marcha diversas estrategias pedagógicas para poder continuar garantizando el derecho a la educación de niños y jóvenes. Sin embargo, el gobierno de nuestra provincia parece desconocer u obviar estas particularidades y pretende continuar con estas evaluaciones que, sumado al desconcierto que ha causado la propagación del virus y las nuevas formas de trabajo que nos ha impuesto a los trabajadores de la educación, no hacen más que afirmar lo que consideramos que la reválida es en realidad: un mecanismo de vigilancia, control y normalización cuyo principal objetivo es generar un individuo sujetado a los designios de las estructuras del poder político provincial. 


DISCUSIONES FINALES Y CONCLUSIONES
 

En base al análisis que aquí hemos llevado adelante respecto del dispositivo reválida docente en los IFDC de la provincia de San Luis, estamos en condiciones de afirmar la coercitividad y el disciplinamiento ejercido sobre los sujetos que debemos someternos (sin muchas opciones al respecto) a este examen. 


Lo anterior se sustenta en el hecho de que la pérdida del trabajo, en caso de no poder superar la instancia, tiene consecuencias devastadoras para los trabajadores. Por un lado, perder el trabajo en el contexto actual que atraviesa nuestro país implica la dura tarea de salir a buscar un nuevo empleo en un mercado laboral cada vez más excluyente y con unos índices de desempleo realmente altos y desalentadores. Por el otro, y considerando la cobertura de las necesidades materiales del trabajador y su núcleo familiar, no contar con el salario mensual tras no haber aprobado una instancia evaluativa, torna el panorama aún más perverso y desolador.


Llegados a este punto resulta pertinente preguntarnos: ¿Qué tipo de sujetos pretende generar un dispositivo así establecido?, ¿Existen posibilidades de ruptura y fuga respecto del dispositivo reválida? Desde el punto de vista institucional: ¿Qué consecuencias en la vida cotidiana de los IFDC generan estos mecanismos disciplinarios? Y finalmente: ¿Qué acciones son necesarias para intentar romper con la trama perversa que caracteriza a este dispositivo?, ¿Es posible transformar la reválida en un mecanismo de evaluación más justo y democrático?


Buscar respuesta a aquellos interrogantes excede los objetivos de nuestro análisis, sin embargo, los docentes como colectivo deberíamos iniciar los procesos de transformación política necesarios para procurarnos el establecimiento de un espacio de trabajo más democrático, digno y libre. Allí donde hay poder, disciplinamiento, control, sujeción, normalización también existen intersticios de ruptura y fuga, espacios de quiebre y salida. Es en los intersticios que brindan esas grietas, desde donde los individuos sujetados debemos liberarnos de lo que nos oprime.

 

No existen relaciones de poder sin resistencias; que éstas son más reales y más eficaces cuando se forman allí mismo donde se ejercen las relaciones de poder; la resistencia al poder no tiene que venir de fuera para ser real, pero tampoco está atrapada por ser la compatriota del poder. Existe porque está allí donde el poder está: es pues como él, múltiple e integrable en estrategias globales (Foucault, 1992, p.174).
 

Esta des-sujeción es el juego de lo que Foucault llama política de la verdad (1995), lo que implicaría, necesariamente, la emergencia de un nuevo dispositivo de evaluación, puesto que no hay sujetos fuera de dispositivos. Creemos que la emergencia de un nuevo mecanismo de evaluación para los profesionales de la educación de los IFDC de la provincia de San Luis, debería estar generado desde una nueva configuración en las relaciones de fuerza-poder con el gobierno provincial, lo que, inevitablemente, dará lugar a nuevas luchas y enfrentamientos. Estamos convencidos de que es el cuerpo docente como colectivo el que, rompiendo/quebrando con este mecanismo, debería configurar participativamente un nuevo dispositivo de evaluación de su desempeño con el fin de avanzar hacia la profesionalidad y la calidad educativa
 

Referencias Bibliográficas:


- Althusser, L. (2011). Ideología y Aparatos ideológicos de Estado. Freud y Lacan. Buenos Aires: Ed. Nueva Visión.


- Bourdieu P., Passeron J.C. (2014). La reproducción. Elementos para una teoría del sistema de enseñanza. Buenos Aires: Siglo XXI Editores.


- Corral, H. (7 de octubre de 2014). Dejaron sin sus cargos a dos docentes del IFDC. Disponible en: http://reportesanluis.info/dejaron-sin-sus-cargos-a-dos-docentes-del-ifdc/ 


- Decreto 2345/2011- Ministerio de Educación. Procedimiento para unificación de Reválida de Cargos para docentes de los Institutos de Formación Docente Continua de San Luis y Villa Mercedes. San Luis, 18 de julio de 2011. 


- Docente del IFDC en lucha por una educación mejor (10 de julio de 2014). Reválidas en el IFDC: la crónica de una muerte anunciada. Disponible en: http://lagacetadigital.com.ar/revalidas-en-el-ifdc-la-cronica-de-una-muerte-anunciada/


- Foucault, M. (1992). Microfísica del poder. Madrid: Las Ediciones de La Piqueta.


- Foucault, M. (1995) ¿Qué es la crítica? Revista de filosofía, N°11, pp. 5-25. 


- Foucault, M. (2011). Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisión. Buenos Aires: Siglo XXI Editores. 


NOTAS


1 El Programa de Educación Superior y Capacitación Docente, dependiente del Ministerio de Educación de la provincia de San Luis, tiene como principal objetivo la planificación e implementación de políticas públicas y estrategias educativas destinadas al nivel superior. A través de este programa se definen los lineamientos, directivas, organización y funcionamiento de todas las instituciones de educación superior de nuestra provincia, tanto públicas como privadas, incluidos los IFDC de San Luis y Villa Mercedes. Este programa también se encarga de arbitrar los medios necesarios para garantizar la formación docente continua a través de la implementación de diversas capacitaciones, postítulos, diplomaturas, etc. dirigidas a los docentes de todos los niveles educativos.